El art. 47 bis del Texto Refundido del Estatuto Básico del Funcionario Público (Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre), introducido por el Real Decreto-Ley 29/2020, de 29 de septiembre, estableció el marco básico de regulación del teletrabajo en la función pública y remitió a la negociación colectiva la concreción de los términos en que se desarrollará en el ámbito correspondiente.
El teletrabajo en el servicio jurídico de la Seguridad Social.
carlos20192021-01-21T10:15:12+01:0019 de enero de 2021 | 11:28 am|Categorías: Decreto Ley, Función Pública, Negociación colectiva, Noticias, Real Decreto, Regulación, Seguridad Social, Teletrabajo|Sin comentarios
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